Ofrecemos servicios integrales en materia de higiene y seguridad en la construcción, nuestro servicio brinda la confección y presentación ante la ART del programa de seguridad y aviso de obra de acuerdo a las distintas resoluciones.
Desde nuestro servicio, llevamos la gestión de la seguridad en la obra de construcción con planificación, control y dirección de las actividades de seguridad, para poder prevenir los accidentes y enfermedades profesionales, tomando las medidas de seguridad e higiene necesarias.
Según el reglamento para la industria de la construcción, se incluye en el concepto de “Obra de Construcción” a todo trabajo de ingeniería y arquitectura, que se realiza sobre inmuebles o superficies en las cuales comprende tareas como excavación, demolición, construcciones, remodelaciones, mejoras, montajes, mantenimientos e instalaciones de equipos y cualquier otra tarea que se vincule a la actividad de la empresa constructora.
El control de Higiene y Seguridad en la obra estará a cargo del contratista principal, quien será el responsable de confeccionar el programa de seguridad único, según Resolución 35/98, el cual abarcara todos los trabajos que se realicen en la obra en construcción. De todos modos, cada empresa subcontratista confeccionara su respectivo programa de seguridad que abarca las tareas a realizar.
Resolución N° 231/96
ARTICULO 1°.- (REGLAMENTARIO DEL ARTiCULO 9, CAPÍTULO 1 DEL DECRETO REGLAMENTARIO N° 911/1996)
Las condiciones básicas de Higiene y Seguridad que se deben cumplir en una obra en construcción desde el comienzo de la misma, serán las siguientes:
a) Instalación de baños y vestuarios adecuados.
b) Provisión de agua potable.
c) Construcción de la infraestructura de campamento (en caso de ser necesario).
d) Disponer de vehículos apropiados para el transporte de personal (en caso de ser necesario).
e) Entrega de todos los elementos de protección personal para el momento de la obra que se trate, de acuerdo a los riesgos existentes, con la excepción de la ropa de trabajo.
f) Implementación del Servicio de Higiene y Seguridad y la confección del legajo técnico.
g) Elaboración de un programa de capacitación de Higiene y Seguridad y realización de la instrucción básica inicial para el personal en la materia.
h) Ejecución de las medidas preventivas de protección de caída de personas o de derrumbes, tales como colocación de barandas, vallas, señalización, pantallas, subamurado o tablestacado, según corresponda.
i) Disponer de disyuntores eléctricos o puestas a tierra, de acuerdo al riesgo a cubrir, en los tableros y la maquinaria instalada. Asimismo, los cableados se ejecutarán con cables de doble aislación.
j) Instalación de un extinguidor de polvo químico triclase ABC, cuya capacidad sea DIEZ KILOGRAMOS (10 kg).
k) Protección de los accionamientos y sistemas de transmisión de las máquinas instaladas.
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